Información sobre el voto por correo para los próximos comicios: las elecciones Municipales y las Elecciones al Parlamento Europeo que se celebrarán el próximo 26 de mayo.
Plazos para el voto por correo
Una vez que el votante haya procedido a la solicitud, recibirá la
documentación necesaria para ejercer el sufragio entre el 6 de mayo y el 19 de mayo.
Por último, hay
que remitir dicha documentación por correo. La fecha límite para votar por correo, en este caso, el
22 de mayo.
Resumen de fechas clave:
• Pedir el voto por correo: desde el 3 de abril al 16 de mayo
• Recibir la
documentación necesaria: desde el 6 de mayo al 19 de mayo
• Fecha límite para emitir el voto por
correo: el 22 de mayo.
Dónde pedir la documentación necesaria
Los impresos de solicitud de voto por correo se pueden
solicitar en todas las oficinas postales de Correos de España. Puede cumplimentar de manera
telemática la solicitud de voto por correo e imprimir las copias necesarias para su posterior
presentación en las oficinas de Correos a través de la página web de correos:
https://www.correos.es/ss/Satellite/site/pagina-1363203663640/sidioma=es_ES
¿Qué necesito para pedir el voto?
Cuando acudas a la oficina a solicitar el voto por correo, será
necesario presentar el DNI, tu permiso de conducir, pasaporte o tarjeta/residencia de extranjero
para que se puede verificar tu identidad.
Es importante destacar que este proceso es totalmente
gratuito. Una vez, lo hayas cumplimentado, desde la Delegación Provincial de la Oficina del Censo
Electoral te enviarán por correo certificado --es decir, debe ser recibido personalmente-- la
documentación para emitir el voto.
He recibido la documentación, ¿ahora qué?
Cuando recibas esta documentación, debes rellenar la
papeleta de voto o elegirla de entre las distintas opciones, insertarla en el sobre y cerrarlo
completamente. Tendrás que llevar a cualquier oficina postal el sobre modelo oficial dirigido a la
mesa electoral, con el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre de votación
--donde va la papeleta--.
No puedo acudir personalmente a Correos
En caso de no poder hacer este proceso en persona por estar
enfermo o tenga alguna incapacidad, esta situación se debe acreditar mediante un certificado médico
oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo.
En este caso el trámite
lo puede hacer otra persona, que deberá estar autorizada notarialmente.
Si estoy fuera del país el día de las elecciones
Si resides fuera de España o no estarás el día de
las elecciones fuera de España, el proceso para votar es distinto. El Ministerio de Exteriores
explica en su web que existen dos situaciones distintas:
• Españoles que residen en el extranjero
•
Españoles que residen temporalmente fuera del país.
En el caso de tener tu domicilio habitual en España, si no vas a estar en el país el día de las
elecciones, debes darte de alta como no residente. Después tienes que rellenar el impreso de
solicitud de documentación electoral y enviarla a través de la oficina insular.
Una vez recibas en
tu domicilio la documentación electoral por correo postal, podrás remitirlo a través del consulado
general para que sea enviado a la mesa electoral correspondiente en España.